Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura
del personal docente en todo lo relativo al régimen académico
y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
Sustituir al Director en caso de ausen¬cia o enfermedad cuando no
exista Vicedirector.
Coordinar las actividades de carácter académico y de orienta¬ción,
incluidas las derivadas de la coordinación con los Centros de Educación
Primaria que tenga adscritos el Instituto.
Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales,
el horario general del Instituto, así como los ho¬rarios académicos
del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios incluidos en
el Plan Anual de Centro, así como velar por su estricto cumplimiento.
Coordinar las actividades de los Jefes de Departamento.
Coordinar y dirigir la acción de los tutores con la colabora¬ción
del Departamento de orientación, de acuerdo con el plan de orientación
y de acción tutorial.
Coordinar y organizar las actividades de perfeccionamiento del profesorado
que, de acuerdo con el plan de formación, organice el Equipo Técnico
de Coordinación Pedagógica.
Organizar los actos académicos.
Organizar la atención y el cuidado de los alumnos y alumnas de
la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en los períodos
de recreo y en otras actividades no lectivas.